Los Constituyentes del Congreso de Anáhuac, como políticos liberales, ilustrados y republicanos, comprometidos e influenciados por las ideas de Montesquieu, Rousseau y otros intelectuales de la ilustración francesa y de la independencia estadounidense, concibieron hace 210 años, los más altos principios en los que se esperaba cimentar el denominado “Supremo Gobierno” de la nueva nación y que no en muchas ocasiones de la historia convergen en una serie de hombres adelantados a su época, por ello, es que la Constitución de Apatzingán fue y sigue siendo, la piedra angular en la que reposan los más altos valores del Sistema Político Mexicano:
• La División de Poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
• La soberanía nacional.
• El concepto de ciudadanía
• La igualdad ante la ley.
• El respeto a la libertad.
• La concepción de las contribuciones públicas, y
• La pluralidad política del poder legislativo.
Valores y principios que fueron consagrados en los 242 artículos, distribuidos en 28 capítulos del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, sancionado en el Palacio Nacional del Supremo Congreso Mexicano, que se situó justo aquí, en el “centro neurálgico” de la Tierra Caliente Michoacana, “cuna del constitucionalismo y del parlamentarismo mexicano”.
Conmemorar 210 años de una auténtica constitución en el significado contemporáneo del concepto, como señala Manuel González Oropeza, nos obliga a hacer un ejercicio de profunda reflexión, y de conciencia crítica e histórica, entre el proyecto del México al que aspiraban construir José María Morelos y Pavón, y los diputados del Congreso de Anáhuac, y, luego, contrastarlo con el país que somos hoy.
Con la Constitución de 1814, el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 tiene sentidos histórico, teórico y práctico enormes.
La esencia estructural y ontológica de este documento constitucional, se captura con la frase “toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución”.
El funcionamiento de aquél primigenio gobierno mexicano, estuvo marcada por la modernidad en el diseño institucional, ya que además de la formación de los tres órganos de poder clásicos, se preveían otras figuras, como los mecanismos de rendición de cuentas para diversos funcionarios públicos.
En relación a los derechos constitucionales, se proscribió la esclavitud, la tortura y los malos tratos. Se reconocieron la igualdad, la libertad y la seguridad, y expresamente se incluyeron los derechos de inviolabilidad del domicilio, la libertad de expresión e imprenta, los derechos de propiedad, así como la libertad de profesión y el voto en su vertiente activa y pasiva.
Antonio Octavio Piccato, dice que esta Constitución concebía el deber de obediencia de las leyes, como una virtud de inteligencia individual, en aras de fortalecer la voluntad general. Morelos y los integrantes del Congreso de Anáhuac eran creyentes de que la nación mexicana debía ser un país de libertades, con pesos y contrapesos en el ejercicio del poder público, pero sobre todo creían que el respeto a las leyes y a las instituciones debería ser un credo cívico de todos los habitantes de la nueva república.
En la óptica de Álvaro Arreola Ayala, la carta fundamental de Apatzingán, a diferencia de sus proyectos predecesores, fue la propuesta política más acabada de su tiempo. Pues se incorporó el concepto de soberanía popular, que en los tiempos de transformación que vivimos, se matiza en todo su esplendor y evoca la voluntad del pueblo como fuente de toda legitimidad de la autoridad.
Existió también una dimensión internacional, con la intención de relacionar a México con el exterior.
De muy relevante importancia, las instituciones de justicia. “Que todo aquél que se queje con justicia, tenga un Tribunal que lo escuche, lo ampare y lo defienda contra el fuerte y el arbitrario”. Así, el Supremo Tribunal de Justicia fue su expresión material más importante. Hoy, esta institución del régimen constitucional mexicano está anclada en una tradición jurídica y política que debe ser reconocida para entonces poder entenderla y reformarla.
Que este aniversario de la Constitución de Apatzingán nos comprometa en el fortalecimiento del Estado de Derecho, nos convenza de la funcionalidad de la división de poderes y de la cordialidad y colaboración política que debe prevalecer entre los mismos. Por eso, a las y los integrantes del Poder Judicial de Michoacán, nuestra apertura y disposición al diálogo.
Nos llena de orgullo pensar en Michoacán como un crisol de pensadores y como el origen y fuente de una serie de procesos históricos que forjaron al México de hoy. Pero es igualmente trascendente comprender que ese pasado glorioso debe conjugarse en la realidad actual con políticas y legislación acorde a la realidad de una modernidad líquida, para forjar un mejor futuro con paz y con bienestar para las y los michoacanos.
Ni origen es destino, ni las tendencias son profecías de futuro, por ello, quienes tenemos la responsabilidad de desempeñar una tarea pública, debemos procurar que nuestros consensos y nuestros disensos provengan siempre de la reflexión objetiva, crítica, autocrítica, pero principalmente, muy propositiva.
El pueblo de Michoacán requiere de menos narrativas confrontativas, y más quehacer político con altura de miras.
Por eso hoy es un buen día para parecernos menos al arquetipo de politiquero, como aquellos que han dañado tanto los sueños y esperanzas del pueblo michoacano, y más bien, parecernos más a los grandes políticos y estadistas, como los que trabajaron de manera itinerante en la redacción de la Constitución de Apatzingán.
Si bien existe un debate académico en torno a la vigencia del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, también persisten las convicciones en torno al espíritu liberal, republicano, parlamentario, progresista y humanista de ésta, nuestra primera constitución del México Independiente. De la que se pueden admirar muchos de los principios vanguardistas de aquella época y de la actualidad.
Tal vez uno de los más relevantes se encuentra en el primer artículo de este texto constitucional, relacionado con los impuestos, al estipular que las contribuciones públicas deberían ser concebidas como donaciones hechas por los ciudadanos de la república, a cambio de que el Estado llevara a cabo dos tareas fundamentales.
Por un lado, mantener la independencia y soberanía de la incipiente nación por medio de la defensa exterior del territorio nacional frente a otros países y potencias de la época.
Y por el otro, garantizar la seguridad interior de los ciudadanos por medio de cuerpos policiales que mantuvieran la paz y el orden público como un elemento “sine qua non” para el desarrollo y progreso de México.
Por ello, tan necesaria y urgente toda estrategia de seguridad que garantice el libre desarrollo de las actividades agrícolas, productivas y comerciales en esta región terracalentana y en todas las regiones de nuestra entidad.
210 años de constitucionalismo mexicano deben servir como brújula política y programática para darnos cuenta de que las prioridades de la vida pública de aquella época no son tan distantes a las prioridades del Michoacán y del México de nuestros días.
Los Constituyentes de Apatzingán contemplaban que el debido establecimiento de un Estado de Derecho era el instrumento por excelencia para combatir cualquier forma despótica, violenta, interna o externa, para instaurar un poder diferente al emanado de la voluntad popular.
La grandeza de este Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana radica en que se puede tener una lectura implícita, y a la vez suficientemente clara, de que el principal objetivo de esta Constitución era instaurar la paz y la prosperidad del México Independiente, en un momento de enorme complejidad política, económica y social, ya que el antiguo régimen no terminaba de morir, y el nuevo régimen no terminaba de nacer, manteniendo un permanente conflicto e inestabilidad social.
Por ende, se tenía la necesidad de seguir atendiendo las demandas de la ciudadanía y mantener un orden en el que la colaboración entre los distintos órdenes de gobierno, fuera lo suficientemente efectivo para que ninguna persona, corporación o muchedumbre perturbara el orden, la tranquilidad y la propiedad de las y los ciudadanos, pero lo suficientemente humanista para que la autoridad pública tampoco fuera un ente inquisidor en el nombre de una distorsionada y anquilosada forma de administrar y procurar justicia. Un objetivo que hoy más que nunca mantiene toda vigencia, pues todos ansiamos un entorno seguro, demandamos tranquilidad y aspiramos a la pacificación de nuestros pueblos.
Estoy convencido de que el espíritu del constituyente de Apatzingán fue hacer frente a cualquier expresión de tiranía, sin importar si su origen provenía del poder formal o no.
El gran legado que nos han dejado Morelos, Cos, Liceaga y los Constituyentes del Congreso de Anáhuac es que la importancia que puede tener un político radica en su deseo de ser útil para su Patria, y no en la importancia artificial de las posiciones de poder al detentarlo.
Por esto y mucho más, es justo, a todas luces, recordar y celebrar los hechos de los héroes mexicanos que, “a salto de mata” soñaron con un México libre, libre, libre, y constitucional.
Es nuestro deber entonces, compatriotas, seguir con esa misión.
Es cuanto, muchas gracias.
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