Con la promulgación de la Reforma Judicial, arrancan los procesos para la elección extraordinaria de 2025.

 

Se elegirán:

 

📍 9 Ministros

📍 5 Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial

📍 2 Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral

📍 15 Magistrados de Salas Regionales

📍820 jueces de distrito y magistrados de circuito

📍Además de juzgadores locales en caso de elecciones locales

 

Fechas clave:

 

📍Antes del 23 de septiembre: Sesión del Consejo General del INE para iniciar los trabajos preparativos

 

📍Antes del 16 de octubre: Senado emite la convocatoria para integrar listados de candidatos

 

📍Antes del 15 de diciembre: El Congreso federal debe aprobar los cambios en leyes secundarias

 

📍Antes del 12 de febrero de 2025:

 

– Integración de Comités de Evaluación en cada Poder

– Evaluar, filtrar y elegir aspirantes

– Elegir candidatos (Presidencia de manera directa, Congreso por mayoría calificada y SCJN por mayoría de 6 votos)

– Una vez aprobadas las listas de candidatos, el Senado las enviará al INE

 

📍Antes del 15 de marzo: los congresos estatales deben aprobar cambios a leyes locales para adoptar la Reforma Judicial

 

📍30 de marzo al 28 de mayo: Periodo de campañas de los candidatos

 

– No tendrán financiamiento público ni privado

– Sólo recibirán tiempos de radio y televisión para promocionarse

– Podrán participar en foros y debates

– Está prohibido para partidos políticos y funcionarios promover o atacar candidaturas

 

📍1 de junio: Día de la elección extraordinaria. Recibirás, en teoría, 6 boletas:

 

1. Ministros de la SCJN

2. Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial

3. Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral

4. Magistrados de Salas Regionales

5. Jueces de distrito y magistrados de circuito

6. Juzgadores locales (en caso de elección local)

 

Habrá que ver como el INE resolverá el problema de espacio en la boleta para jueces y magistrados de circuito.

 

📍Después de la jornada electoral, el INE:

 

– Hará los cómputos de la elección

– Publicará resultados

– Dará constancias de mayoría

– Declarará válida la elección

 

📍Antes del 28 de agosto: Deberán quedar resueltas las impugnaciones

 

📍1 de septiembre: Los juzgadores electos protestarán su cargo en el Senado

 

📍Antes del 15 de septiembre: Juzgadores electos serán adscritos al órgano judicial que corresponda

 

📍Datos que se desconocen:

– Número de casillas

– Número de funcionarios necesarios

– Proceso para agilizar el voto

– Mecanismos y sanciones para evitar financiamiento ilegal / intervención de grupo fácticos

– Si candidatos pueden contratar publicidad y/o promoverse en redes sociales con dinero propio

– El costo de la elección

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